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Mostrando entradas de octubre 1, 2009

Condiciones de porte del arma para el servicio

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Por, Ernesto Pérez Vera La operatividad de nuestras armas está directamente relacionada con la condición mecánica de su porte y con la pericia adquirida para su manejo. Existen varias formas de transportar el arma durante el servicio; y únicamente el portador debería decidir de qué modo llevarla. Para ello el agente tiene que ser consciente, honesto y responsable consigo mismo y con quienes le rodean. El arma no debe portarse de forma que uno mismo o sus semejantes más cercanos puedan provocar o sufrir accidentes por falta de seguridad en el manejo, por pericia escueta, o por habilidad distraída. No obstante, existen situaciones en las que serán las normas establecidas las que obliguen o determinen la manera de circular con las armas, no pudiendo los usuarios decidir al respecto. Por ejemplo, durante la estancia en galerías de tiro, periodos académicos y determinados servicios policiales, suelen existir normas que establecen una concreta forma de llevar las armas. En España