POR QUÉ LOS JUECES Y FISCALES DEBERÍAN DISPARAR, AL MENOS UNA VEZ


Hoy les traigo un fabuloso artículo de mi amigo Ignacio Abínzano Murillo, fiscal de la Fiscalía de Área de Sabadell, con quien en 2014, en Calafell (Tarragona), tuve el honor de compartir mesa, mantel y micrófono durante una charla-coloquio (ciclo de conferencias) sobre los enfrentamientos armados policiales y las circunstancias neuro-psico-fisiológicas, formativas y jurídicas que se entremezclan en la calle, cuando un malnacido o un enfermo mental decide sembrar pánico y muerte, fabricando viudas, huérfanos y pena. Estén muy atentos a lo que dice este fiscal. Divulguen sus palabras, por el bien de todos.


Yo no compito con nadie en casi nada, por lo que eso que dicen algunos de que este artículo está incompleto, teniendo ellos publicado el puro y totalmente completo y exacto, me resbala. El texto firmado por Ignacio está en mi poder desde el 16 de febrero, habiendo decido ahora traerlo a mi página. Y ojo, lo tengo porque el autor me lo mandó para que le diera mi opinión en varios aspectos, ofreciéndomelo para publicarlo, si tal era mi gusto. Si otros tienen el texto completo, es que tienen otro. Yo soy más pobre y solo tengo lo que el fiscal me ha mandado para que se lo valore y, como ya he dicho, para que lo publique en mi página.


Ahora, lean, lean:

Por qué los jueces y fiscales deberían disparar, al menos una vez

Por Ignacio Abínzano Murillo

La probática puede definirse como la ciencia de la prueba judicial. Es la parte de la ciencia jurídica que tiene por objeto la demostración de los hechos y las afirmaciones vertidas dentro de un proceso judicial, especialmente en la fase del plenario, la más importante de cara a resolver el conflicto planteado. Su práctica requiere la colaboración de los peritos, profesionales de todo tipo, que suplen los conocimientos técnicos de los que carecemos los jueces y fiscales.

No obstante, siendo este el principio cardinal, nunca viene mal tratar de adquirir parte de esos conocimientos. No sustituiremos jamás al profesional (médicos, arquitectos, peritos calígrafos, etc.), pero tampoco nos estorbará adquirir ciertos conocimientos prácticos de primera mano. Es decir, que no es mala idea, de vez en cuando, saltar al campo de juego en lugar de ver siempre el partido desde la grada, para comprobar que, puestos en la tesitura del jugador, igual no es tan fácil marcar el gol a puerta vacía como podríamos suponer.

De entre los muchos ejemplos que podrían encontrarse, vamos a centrarnos en uno que preocupa gravemente a los miembros de los diversos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que desempeñan su oficio en nuestro país. Ante una intervención policial en la que se han empleado armas de fuego (muchas veces con resultado de graves lesiones o incluso de muerte), llegado el día del juicio, el agente policial debe demostrar ante el tribunal el estricto cumplimiento de los requisitos que legitiman la aplicación de las dos principales causas de justificación: la legítima defensa del art. 20.4 y el cumplimiento del deber del art. 20.7º, ambos del Código Penal. ¿Hubo agresión ilegítima? Esto generalmente no ofrece dudas. ¿Existió provocación por el defensor? Tampoco suele ser cuestión de debate, habitualmente. La pregunta clave siempre es ¿fue la respuesta policial PROPORCIONADA? Y también ¿la utilización del arma de fuego respetó las normas de la lex artis, es decir, ese especial conocimiento y control que de la situación de riesgo DEBE tener el profesional gracias a su formación específica en la materia?

Esa es la clave. La formación del policía y el debido respeto a las exigencias de la lex artis. Si alguien pretende aprender a pilotar, por poner un ejemplo, será mejor que se entrene con un avión de verdad, no solo con simuladores que, por muy reales que sean, solo exponen al aprendiz a equivocarse y a recibir un pitido y un inofensivo mensaje que dice: “Se ha estrellado usted. Pulse ESPACIO para empezar…”.

Del mismo modo, si el policía se entrena únicamente con dianas inertes y siluetas de papel en una galería de tiro, difícilmente estará preparado para afrontar con éxito una prueba de fuego real. Me viene a la mente una mítica escena de ‘Operación Dragón’, icónica cinta de artes marciales dirigida por Robert Clouse en 1973. Se ambienta en una isla oriental en la que su despótico gobernador organiza torneos de artes marciales. Su principal sicario, un robusto karateca de bigote, barba y tez rojiza, que en sus ratos libres se dedica al kárate pero que tiene como principal ocupación la de asesino a sueldo, se enfrenta a un adversario desconocido, de escasa estatura y cuerpecillo menudo, que aparentemente no tiene ni media leche, como diría el castizo. Pues bien. Antes de iniciar el combate, el fornido sicario lanza una tabla al aire y, antes de que caiga, ejecuta un preciso golpe de kárate que la parte en dos, con lo que está convencido de haber impresionado a su escuálido rival. No lo consigue, porque por azares de la vida y del guion, su adversario no es otro que Bruce Lee, quien, impertérrito ante la demostración de destreza del sicario, sin apartarle la mirada le advierte, ecuánime: “Una tabla no devuelve el golpe”. Una tabla tal vez no, pero el bueno de Bruce sí, y con tanta contundencia en la respuesta que el pobre sicario acaba el combate en peores condiciones que la sufrida tabla.
 
Las cosas claras, como el agua
Volviendo al tema principal. ¿No estaremos permitiendo que nuestros policías se confíen igual que el karateka de la película, porque son capaces de acertar seis disparos seguidos en el centro de una estática silueta de papel que, igual que la tabla de ‘Operación Dragón’, jamás devolverá el golpe? Y, en lo que atañe a quienes a posteriori tenemos que enjuiciar la labor del policía, ¿no estaremos olvidando que cuando emplea su arma en una intervención real ha tenido que enfrentarse a una situación completamente nueva, para la que tal vez no esté debidamente entrenado?

Hace unos meses acepté la invitación de un policía, del Cuerpo de Mossos d´Esquadra para más señas, para acudir a una galería de tiro y, con las debidas medidas de seguridad, hacer la prueba de disparar con un arma reglamentaria. Era la primera vez que sostenía en mis manos una pistola real, y, obviamente, también fue la primera que disparé munición auténtica. Desde ahora recomiendo vivamente esta experiencia a cualquier profesional del derecho encargado en enjuiciar la conducta de los que por razón de su oficio deben emplear armas de fuego. En primer lugar, el tacto. El simple contacto físico con ese instrumento, ya municionado, que tiene la capacidad de segar la vida en un segundo y que está en condiciones de hacerlo por tener un cargador lleno, produce respeto a cualquiera que no sea un inconsciente. Tratando de seguir punto por punto las precisas instrucciones que me había dado el instructor, alcé el arma, apunté a la diana (no estaría a más de diez metros) y apreté el gatillo. Para sorpresa de todos, di justo en el centro. Y los restantes disparos, algo más desviados, quedaron no obstante agrupados en los círculos interiores. Magistral. La reencarnación de Mel Gibson en ‘Arma letal’. Fue la única vez que logré agujerear la diana.

Porque a continuación, y esto es lo que quiero destacar, el instructor de tiro, con la cara del experto jugador de billar que se ha dejado ganar hasta conseguir que el novato muerda el anzuelo y suba imprudentemente la apuesta, me propuso: ahora vamos a probar otra cosa. Cuando yo toque el silbato, que puede ser dentro de diez segundos o pasados diez minutos, usted debe disparar todos los cartuchos, a la mayor velocidad posible. Si tarda más de cinco segundos en vaciar el cargador, no habrá superado la prueba, aunque haga diez dianas. ¿Me estaba vacilando? ¿A mí, que después de mis primeras dianas me sentía capaz de emular a Clint Eastwood en el duelo final a tres bandas de ‘El bueno, el feo y el malo’? “Silbe cuando quiera”, contesté desafiante. Silbó (tras tomarse su tiempo, para tratar de pillarme desprevenido –que es lo que por otra parte sucede en la vida real del policía–), disparé (creo que bastante rápido) y no es que no diera en la diana, que desde luego ni la rocé; es que todos los impactos se habían quedado a más de medio metro del objetivo. ¡Medio metro! Y eso los más precisos. En una diana que estaba a menos de diez metros y que, de todas maneras, jamás iba a responder los disparos. Ahora apliquemos el factor de corrección de encontrarnos en una situación real, en la calle, en la que el policía se juega su propia vida y la de los demás, vidas que puede poner en peligro tanto si dispara como si no lo hace, porque el individuo al que hay que reducir tiene un cuchillo o incluso otra pistola, y sus intenciones resultan totalmente imprevisibles.
Ahí está la raíz del problema. No basta con entrenarse para manejar el arma y ser capaz de hacer diez dianas con diez disparos en la galería de tiro, frente a una sufrida silueta que encaja los disparos con humildad franciscana. El entrenamiento debe perseguir, si acaso es posible, que el policía sea capaz de mantener la cabeza fría y emplear su arma sin dejarse superar por la situación, ciertamente más desagradable y estresante que la de los entrenamientos. Pero, sobre todo, y esto nos atañe a los jueces y fiscales a la hora de enjuiciar la conducta del policía que disparó en una situación de estrés y riesgo para la vida propia y ajena, en la que no disparar podría tener consecuencias incluso peores, nunca debemos olvidar que tal vez no recibió el entrenamiento adecuado (no por su culpa, desde luego) y por ello no se le puede achacar incumplimiento de una lex artis que nunca le fue debidamente enseñada.

Y para poder valorarlo mejor, compañeros de la Carrera Fiscal y Judicial, aceptadme un consejo basado en la propia experiencia: no os quedéis en la grada, bajad a tirar el penalti al menos una vez. Probad a sostener un arma y a disparar diez cartuchos en menos de cinco segundos, ante el toque de silbato sorpresivo de un instructor con ganas de fastidiar. Después ya hablaremos de los requisitos del art. 20.4º y 7º del Código Penal.

Comentarios

  1. Muy grande esto. Gran fiscal y mejor profesional. Gracias Ernesto de nuevo.

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  2. Ojalá cunda el ejemplo entre los profesionales de la judicatura!

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  3. O, sin ánimo de menoscabar su persona o lo q representa, que después de 4 consejos, se enfrente a "uno de esos" armado con un cuchillo eléctrico, que si no eres capsz de moverte, al menos, te llevas la descarguita además de la taquicardia ante el estrés de ser herido o finado, aún sabiendo que no produce herida. Solo así se puede ser empático con lo que se siente en esos momentos y los bloqueos que producen.

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  4. felicidades, un articulo extraordinario, ademas asi deberia de ser, todos los jueces, fiscales etc...se les deberia obligar a utilizar las armas de fuego, incluso durante su formacion como profesionales de la carrera judicial

    un saludo

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  5. Toda un verdad como un templo.
    Y si lo intenta después de tener que llegar después de una llamada, coche a toda pastilla, después tener que correr 50/100 metros, para llegar al escenario de la actuación y más agentes externos a la intervención, MAS COMPLIDADO TODAVIA.
    Y aún así hay que tener las cosas claras.

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  6. Artículo sin desperdicio, como suele ser habitual. Y más viniendo de un funcionario que ha tenido la gallardía de aceptar, vivir en sus propias carnes y además exponerlo públicamente, una de las realidades más comunes en la inmensa mayoría de plantillas policiales. Un diez por el Sr. Fiscal y gracias a ti, Ernesto, por compartirlo.
    Un saludo

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